sábado, 14 de mayo de 2011

El Falo cósmico: Creador universal de la vida

Estos actos con los cuales los esposos se unen en casta intimidad y a través de los cuales se transmite la vida humana, son, como ha recordado el Concilio, "honestos y dignos" (olvidando por completo la doctrina del pecado original, y el mandato paulino: Huid de la fornicación, 1Co 6.18), y no cesan de ser legítimos si, por causas independientes de la voluntad de los cónyuges, se prevén infecundos, porque continúan ordenados a expresar y consolidar su unión. De hecho, como atestigua la experiencia, no se sigue una nueva vida de cada uno de los actos conyugales. Dios a dispuesto con sabiduría leyes y ritmos naturales de fecundidad que por sí mismos distancian los nacimientos. La Iglesia, sin embargo, al exigir que los hombres observen las normas de la ley natural interpretada por su constante doctrina, enseña que cualquier acto matrimonial (quilibet matrimonii usus) debe quedar abierto a la transmisión de la vida.
Esta doctrina, muchas veces expuesta por el Magisterio, está fundada sobre la inseparable conexión que Dios ha querido, y que el hombre no puede romper por propia iniciativa, entre los dos significados del acto conyugal: el significado unitivo y el significado procreador.

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